EVOLUCIÓN DE LAS IDEAS PENALES

 




 La evolución de la función represiva no se produjo de manera abrupta; se fundamenta en ideas que, en lugar de ser consideradas como Derecho Penal, se conciben como formas ancestrales de abordar la necesidad individual o colectiva de protección, o incluso como un instinto conservador.

A continuación, se presentan las etapas:

LA VENGANZA PRIVADA: La Ley del Talión, o Fórmula Talionaria (Ojo por Ojo, Diente por Diente), establece una pena que consiste en infligir al delincuente un daño equivalente al que causó. Esta norma representa un avance en las civilizaciones antiguas, al limitar los excesos de la venganza. Posteriormente, surgió el sistema de composiciones, que permitía la venta de un derecho a otro que deseara ejercerlo o la compensación económica a la víctima.




LA VENGANZA DIVINA: En esta fase, se produce una fusión entre el Derecho y la religión, donde el delito se considera una ofensa a la divinidad en lugar de a una persona o grupo específico. Así, se entiende que el derecho a castigar proviene de la divinidad, convirtiendo la pena en una forma de expiación. Este derecho es ejercido por sacerdotes, independientemente de la religión en cuestión. Ejemplos históricos incluyen los Tribunales de la Santa Inquisición, que perseguían y castigaban delitos contra la fe, y, posteriormente, contra el derecho civil.



LA VENGANZA PÚBLICA: Aquí inicia la transformación de la pena y la función represiva, adoptando un carácter eminentemente público y buscando mantener la tranquilidad social. Los jueces y tribunales podían imponer penas no previstas en la norma o incluso por delitos inexistentes, y estas penas tendían a ser cada vez más severas, dependiendo del grupo social al que se aplicaran (nobles o clases bajas). La sanción por la comisión del delito se devolvía al Estado, y su aplicación, a menudo cruel, se justificaba como una venganza pública que poseía un carácter moral y religioso.




PERÍODO HUMANITARIO: En este contexto de búsqueda de separación entre la Iglesia y el Estado, se inicia la humanización de las penas, identificándose principalmente con la obra de César de Bonnesana, Marqués de Beccaria, en su tratado "De los Delitos y de las Penas". Publicado en 1764, este texto revolucionó la sociedad de su época y sigue siendo fundamental para comprender el origen de las penas. Beccaria abogó por la separación entre la justicia divina y la justicia estatal, la abolición de la pena de muerte y la tortura, y la humanización de las penas. Su afirmación de que "toda pena debe ser esencialmente pública, inmediata, necesaria, la mínima posible, proporcionada al delito y prescrita por las leyes" resuena aún hoy.





PERÍODO CIENTÍFICO: Este periodo se considera el inicio de la sistematización del Derecho Penal, impulsado por la obra de Beccaria. En esta etapa, se busca la verdad y el objetivo del delito de manera ordenada y sistemática. Aunque algunos autores sostienen que el inicio de esta etapa se relaciona con  los estudios de la escuela positiva, es importante señalar que los positivistas desarrollaron ciencias causal-explicativas de la criminalidad, pero no necesariamente Derecho Penal en sí.

Las etapas de evolución del pensamiento penal son como un rompecabezas sin piezas con fechas: ¡todo está revuelto y superpuesto! La venganza privada y la pública, ese pasado oscuro del Derecho Penal, podrían ser vistas como capítulos de un pasado que preferiríamos olvidar. Pero, ¡sorpresa! Hoy en día hay grupos que se convierten en auténticos justicieros, causando estragos que rivalizan e incluso superan los crímenes de aquellos a los que persiguen, ¡y a veces imponen castigos que podrían hacer que un mexicano viva menos de lo esperado!




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